Women and Justice: Keywords

Legislation

Código Laboral (Ley 213 de octubre 19, 1993) (1993)


Employment discrimination, Gender discrimination

This law serves as Paraguay’s Labor Code, which contains provisions that prohibit any gender-based discrimination in the workplace and guarantee the equal treatment between men and women, such as Articles 47 and 128. In turn, article 130 prohibits employers to assign risky labors to pregnant women. Articles 133 and 134 provide rights for lactating women, including requiring maternity leave and lactating rooms within the company.

Esta ley contiene el Código Laboral de Paraguay, el cual fija disposiciones que prohíben cualquier discriminación basada en el género en el lugar de trabajo y garantizan la igualdad de trato entre hombres y mujeres, como los artículos 47 y 128. A su vez, el artículo 130 prohíbe a los empleadores asignar labores riesgosas a mujeres embarazadas. Los artículos 133 y 134 prevén derechos para las mujeres lactantes, incluido el requisito de licencia por maternidad y salas de lactancia dentro de la empresa.



Ley 5508 de 2015 para la Protección de la Maternidad y la Lactancia, octubre 28, 2015 (2015)


Employment discrimination, Gender discrimination

This law promotes, protects, and supports motherhood and breastfeeding for working women, up to 24 months of age, to ensure the proper care of the children. On this note, every pregnant worker shall have the right to access a maternity leave, for a period of 18 uninterrupted weeks, regardless the type of contract under which she provides a service. This leave will be extended to 24 weeks in cases of baby’s severe diseases or premature births. Mothers have the right to receive their regular salary during maternity leave.

Esta ley promueve, protege y apoya la maternidad y lactancia de la mujer trabajadora, hasta los 24 meses de edad del menor, asegurando el cuidado adecuado de los hijos. En este sentido, toda trabajadora embarazada tendrá derecho a acceder a la licencia de maternidad, por un período de 18 semanas ininterrumpidas, independientemente del tipo de contrato bajo el cual preste un servicio. Este permiso se extenderá a 24 semanas en caso de enfermedades graves del bebé o parto prematuro. Las madres tienen derecho a recibir su salario regular durante la licencia de maternidad.



Ley 823 de julio 11, 2003 (2003)


Employment discrimination, Gender discrimination

This law establishes rules that further develop equal opportunities for women. It establishes guidelines for the design of public policies that foster and guarantee the full exercise of women’s political, civil, economic, social, and cultural rights, and the free development of their personality, capacities, and aptitudes. The law also appoints the institutions responsible for their execution.

Esta ley consagra reglas que desarrollan la igualdad de oportunidades para las mujeres. Establece lineamientos para el diseño de políticas públicas que propicien y garanticen el pleno ejercicio de los derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales de las mujeres, y el libre desarrollo de su personalidad, capacidades y aptitudes. La ley también designa las instituciones encargadas de su ejecución.



Estatuto de los Trabajadores 2015 (última revisión 2018) (2018)


Employment discrimination, Gender-based violence in general

The Workers’ Statute contains some special rights for women who have suffered gender-based violence. Article 37.8 establishes that said women could work part-time if they wanted to. Article 40.4 gives them a preferential right to occupy a new position in another location if they needed to move as a result of the gender-based violence they suffered.

El Estatuto de los Trabajadores contiene algunos derechos especiales para las mujeres que han sufrido violencia de género. El Artículo 37.8 establece que dichas mujeres podrían trabajar a tiempo parcial si quisieran. El Artículo 40.4 les otorga un derecho preferencial a ocupar un nuevo puesto en otro lugar si necesitaban mudarse como resultado de la violencia de género que sufrieron.



Domestic Case Law

Control de constitucionalidad previo, Proyecto de ley Nª 62/98 Senado y 158/98 Cámara de Representantes (Sentencia C-371-00, Expediente: P.E.010) Corte Constitucional de la República de Colombia (2000)


Employment discrimination

This case concerned women’s equality in public-sector employment. The court ruled in favor of gender quotas for positions of public power. The plenary of the court reviewed a statutory project regulating the effective participation of women in public institutions by the establishment of gender quotas. A minimum of 30% of the top decision-making positions, among other senior positions in public Colombian institutions, shall be held by women. Sanctions were established for those appointing authorities that would not comply with the rule. Sanctions consisted of a 30-day period suspension and, if non-compliance persisted, destitution from public charges. It was argued that the aim of the project was to ensure genuine and effective equality of opportunities, which was considered a legitimate constitutional end. Nevertheless, the court held that some of the proposed provisions did not comply with the Constitution. For instance, some of the regulated sanctions were considered to be disproportionate. Thus, the court endorsed the Congress to issue the legislation excluding the provisions that were unconstitutional.

Este caso se refería a la igualdad laboral de la mujer en el sector público. La Corte Constitucional consideró constitucional el establecimiento de cuotas de género para los cargos del poder público. La plenaria de la Corte revisó un proyecto de ley que regulaba la participación efectiva de las mujeres en las instituciones públicas mediante el establecimiento de cuotas de género. Al menos el 30% de los cargos directivos y otros altos cargos de las instituciones públicas colombianas, deberán ser ocupados por mujeres. Se establecieron sanciones para aquellas autoridades que no cumplieran con la norma. Las sanciones consistían en la suspensión por un período de 30 días y, de persistir el incumplimiento, la destitución de los cargos públicos. Se argumentó que el objeto del proyecto era garantizar una igualdad de oportunidades real y efectiva, lo que se consideraba un fin constitucional legítimo. Sin embargo, la Corte argumentó que algunas de las disposiciones propuestas no estaban alineadas con la Constitución, por ejemplo, algunas de las sanciones reguladas se consideraron desproporcionadas. De esta manera, el tribunal avaló al Congreso para dictar la legislación excluyendo las disposiciones que fueran inconstitucionales.



Sentencia de unificación (Sentencia SU070-13; Expedientes acumulados: T-2.361.117 y 32 más) Corte Constitucional de la República de Colombia (2013)


Employment discrimination, Gender discrimination

This decision unified court’s criteria regarding issues of protection of motherhood and employment rights for pregnant women. The Constitutional Court analyzed 33 cases where pregnant women were dismissed by their employers after learning of their pregnancy status. The court ruled in favor of reinforced protection of motherhood in the workplace. Such doctrine must be duly applied in all those cases in which a woman is pregnant or during her lactation period. In relation to the dismissal of female workers, the court established criteria that takes into consideration the knowledge of the pregnancy status by the employer. It is argued that in order to dismiss a woman under such circumstances, the employer shall demonstrate (i) that a fair motive can be argued and (ii) that permission from the competent administrative authority has been granted. The required protection measures in cases where the employer dismissed the worker without the aforementioned procedure are as follows: (i) recognition of health benefits, up to the moment the woman acquires the right to claim the economic maternity leave benefit; (ii) reinstatement of the pregnant woman or the renewal of her contract, whenever possible; (iii) in some cases, compensation as provided for in article 239 of the Labor Code.

Esta sentencia unificó los criterios de la Corte Constitucional en temas de protección de la maternidad y derechos laborales de las mujeres embarazadas. La Corte Constitucional analizó 33 casos en los que mujeres embarazadas fueron despedidas por sus empleadores después de conocer su estado de embarazo. El tribunal falló a favor de una protección laboral reforzada de la maternidad en el lugar de trabajo. Tal doctrina debe ser debidamente aplicada en todos aquellos casos en los que una mujer se encuentre embarazada o lactando. En relación con el despido de trabajadoras, la Corte estableció criterios que toman en consideración el conocimiento del estado de embarazo por parte del empleador. Se argumenta que, para despedir a una mujer embarazada, el empleador deberá demostrar (i) que se puede alegar una justa causa y (ii) que se ha otorgado el permiso de la autoridad administrativa competente. Las medidas de protección requeridas en los casos en que el empleador despida a la trabajadora sin el procedimiento antes mencionado son las siguientes: (i) reconocimiento de beneficios de salud, hasta el momento en que la mujer adquiera el derecho a reclamar el beneficio económico de licencia por maternidad; (ii) la reincorporación de la mujer embarazada o la renovación de su contrato, cuando sea posible; (iii) en algunos casos, la indemnización prevista en el artículo 239 del Código del Trabajo.



Demanda de constitucionalidad, Ariza Rangel y Prada O’meara vs Parágrafo del artículo 10 de la Ley 48/1993 ‘Por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización’ (Sentencia C-659-16, Expediente: D-11364) Corte Constitucional de la República de Colombia (2016)


Employment discrimination

This judicial review concerned the issue of women’s military service. The court ruled that limits on the activities that women can perform during voluntary military service were unconstitutional, because they violated women’s constitutional right to be treated equally. The law stated that women in the military could only engage in assistant, administrative, or cultural tasks. The Court indicated that such limitations were based on stereotypes that imply that women are not suitable for other military activities. Consequently, the Court argued that those measures were unreasonable and disproportionate, and therefore unconstitutional. Arguably, such limits were also contrary to the values and principles of an egalitarian society that confronts patriarchal models of domination and violence against women. The Court elaborated by holding that the activities carried out by each person in the military service must be determined based on the needs of the service and according to objective and reasonable criteria. Characteristics of each person have to be considered, not merely generalized based on gender stereotypes.

Esta demanda de constitucionalidad buscaba analizar las condiciones del servicio militar de las mujeres. La Corte dictaminó que los límites a las actividades que pueden realizar las mujeres durante el servicio militar voluntario eran inconstitucionales, porque violaban el derecho constitucional de las mujeres a ser tratadas en igualdad de condiciones. La ley establecía que las mujeres en las fuerzas armadas solo podían desempeñar tareas de asistentes, tareas administrativas o actividades culturales. La Corte indicó que tales limitaciones se basaban en estereotipos que implican que las mujeres no son aptas para otras actividades militares. En consecuencia, la Corte argumentó que dichas medidas eran infundadas y desproporcionadas y, por lo tanto, inconstitucionales. Tales límites también eran contrarios a los valores y principios de una sociedad igualitaria que busca enfrentar modelos patriarcales de dominación y violencia contra las mujeres. La Corte sostuvo que las actividades realizadas por cada persona en el servicio militar deben determinarse con base en las necesidades del servicio y de acuerdo con criterios objetivos y razonables. Hay que tener en cuenta las características de cada persona, no generalizarlas con base en estereotipos de género.



Sentencia de unificación (Sentencia SU075-18, Expedientes acumulados: T-6.240.380, T-6.318.375, T-6.645.503) Corte Constitucional de la República de Colombia (2018)


Employment discrimination, Gender discrimination

This decision unified the court’s criteria regarding employment rights for pregnant women and their special labor protections. The Constitutional Court analyzed three cases where pregnant women were dismissed by their employers, who were not aware of the workers’ pregnancy status at the time of dismissal. The Constitutional Court reaffirmed the importance of guaranteeing job security for pregnant workers, especially during the lactation period, as a measure to avoid discrimination against women at work. Consequently, in order to dismiss a worker whose pregnancy status was known by the employer, an employment inspector must grant permission beforehand. However, the court ruled by elaborating on previous jurisprudence, that it was excessive to oblige a former employer to readmit an employee and pay social security contributions for a worker who was dismissed without prior knowledge of her pregnancy status. In the study of those cases, the court held that when the employer has no knowledge of the pregnancy status and terminates a pregnant employee’s employment contract, no discrimination can be argued and therefore no protection of motherhood can be granted.

Esta sentencia unificó el criterio de la Corte Constitucional respecto de los derechos laborales de las mujeres embarazadas y su protección laboral reforzada. La Corte Constitucional analizó tres casos en los que mujeres embarazadas fueron despedidas por sus empleadores, quienes desconocían el estado de embarazo de las trabajadoras al momento del despido. La Corte Constitucional reafirmó la importancia de garantizar la estabilidad laboral de las trabajadoras embarazadas, especialmente durante el período de lactancia, como medida para evitar la discriminación laboral de las mujeres. En consecuencia, para despedir a una trabajadora cuyo estado de embarazo era conocido por el empleador, un inspector de trabajo debe otorgar un permiso previo. Sin embargo, la Corte Constitucional dictaminó, con base en fuentes jurisprudenciales, que era excesivo obligar a un ex empleador a readmitir a una empleada y pagar las contribuciones a la seguridad social de una trabajadora que fue despedida, si no tenían conocimiento previo de su estado de embarazo. En el estudio de esos casos, la Corte Constitucional sostuvo que cuando el empleador no tiene conocimiento del estado de embarazo y termina el contrato de trabajo de una empleada embarazada, no se puede alegar discriminación y, por lo tanto, no se puede otorgar protección laboral reforzada.



Esperanza y otros vs el Ministerio de Defensa (Sentencia T-594-16 -Acción de Tutela-; Expediente T-5.596.207) Corte Constitucional de la República de Colombia (2016)


Employment discrimination, Gender discrimination

This case concerned issues of personal freedom and the discrimination against sex workers. The ruling resulted in the protection of two sex workers’ fundamental rights: to be treated equally and not be discriminated because of their profession. The events that triggered such protection concerned a police raid against sex workers in Bogotá under the excuse of regaining a public space. At that time, the Government was working on the implementation of a special protection program, including special training for police, to promote the importance of the dignified treatment of sex workers and the prohibition of verbal and physical abuse. The decision ultimately further reinforced constitutional protections for sex workers’ rights to freedom, work, free movement, and non-discrimination.

Este caso se refería a cuestiones de libertad personal y discriminación contra las trabajadoras sexuales. El fallo otorgó la protección de los derechos fundamentales de dos trabajadoras sexuales a ser tratadas por igual y a no ser discriminadas por su profesión. Los hechos que desencadenaron tal protección se referían a un allanamiento policial en contra de trabajadoras sexuales en Bogotá bajo el pretexto de la recuperación del espacio público. En ese momento, el Gobierno estaba trabajando en la implementación de un programa de protección especial, incluida la capacitación especial para policías para promover la importancia del trato digno de las trabajadoras sexuales y la prohibición del abuso verbal y físico contra ellas. La decisión finalmente reforzó aún más que los derechos de las trabajadoras sexuales a la libertad, el trabajo, la libre circulación y la no discriminación están protegidos constitucionalmente.



Lais vs Pandemo Club propiedad del Sr. Zoto (Lais vs Pandemo Club owned by Mr. Zoto) (Sentencia T-629-10 - Acción de Tutela; Expediente T-2384611) Corte Constitucional de la República de Colombia (2010)


Employment discrimination, Gender discrimination

The case concerned labor rights and protection of sex workers. The plaintiff, a sex worker, sued her former employer for firing her after she became pregnant. Under articles 236 and 239 of the Colombian Labor Code, a pregnant woman is subject to special labor protection, and therefore cannot be fired without cause and without authorities’ permission. The court consisdered whether pregnant sex workers should have the same labor protection as other professions. Article 13 of the Constitution provides the right of all citizens to be treated equally, as such, the court held it necessary to provide the aforementioned labor protection to sex workers. This conclusion was achieved by virtue of comparative law and legislation, where the protection shall be provided in connection with the right to motherhood. Sex workers, whether men or women, shall not be discriminated and should hold the same rights as any other worker. In this regard, court acknowledged the plaintiff’s right to the financial compensation she was entitled to.

El caso se refería a los derechos laborales y la protección de las trabajadoras sexuales. La demandante, una trabajadora sexual, demandó a su antiguo empleador por despedirla después de quedar embarazada. De conformidad con los artículos 236 y 239 del Código Sustantivo del Trabajo, la mujer embarazada es sujeto de una protección laboral reforzada, por lo que no puede ser despedida sin justa causa y sin permiso de las autoridades competentes. El tribunal analizó si las trabajadoras sexuales embarazadas deberían tener la misma protección laboral que otras profesiones. El artículo 13 de la Constitución establece el derecho de todos los ciudadanos a ser tratados por igual, por lo que el tribunal consideró necesario extender la mencionada protección laboral a las trabajadoras sexuales. Esta conclusión se logró en virtud de análisis de derecho comparado y de la legislación local, donde la protección nace del estado de embarazo. Los trabajadores sexuales, ya sean hombres o mujeres, no deben ser discriminados y deben tener los mismos derechos que cualquier otro trabajador. En este sentido, el tribunal reconoció el derecho de la demandante a la compensación económica a la que tenía derecho.