While the victim was sleeping, her partner Sebastian Javier Parra Godoy attacked her by striking her in the head. She suffered near-fatal head injuries as a result of the blow. On February 5, 2013, the criminal court in the province of Angol found Mr. Godoy guilty of the crime of attempted intimate femicide. In their ruling, the judges explicitly referenced the fact that the case presented a case of gender-based violence. It concluded that that Parra Godoy had acted as a result of traditional views considering women as subordinate perpetuating stereotypes of violence and coercion. The court stated that in such cases, international standards of human rights such as the Inter-American Convention to Prevent, Punish and Eradication of Violence Against Women and the general recommendations of the Committee on the Elimination of Discrimination Against Women (CEDAW) should apply. The prosecutor Raul Espinoza explained that the main challenge of the case was the absence of direct evidence because the only potential witnesses were the victim, who was sleeping at the time of the attack and who suffered neurological damage which affected her memory, and the victim’s autistic son, who was mentally handicapped. To bring the case, he relied instead on strong circumstantial evidence.
Mientras la víctima dormía, su compañero Sebastián Javier Parra Godoy la agredió golpeándola en la cabeza. Sufrió heridas en la cabeza casi fatales como resultado del golpe. El 5 de febrero de 2013, el juzgado penal de la provincia de Angol declaró culpable al señor Godoy del delito de intento de femicidio íntimo. En su decisión, los jueces hicieron referencia explícita al hecho de que el caso presentaba un caso de violencia de género. Concluyó que Parra Godoy había actuado como resultado de opiniones tradicionales que consideraban a las mujeres como subordinadas y perpetuaban estereotipos de violencia y coacción. El tribunal señaló que en tales casos deben aplicarse estándares internacionales de derechos humanos como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer y las recomendaciones generales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW). El fiscal Raúl Espinoza explicó que el principal desafío del caso fue la ausencia de evidencia directa porque los únicos testigos potenciales eran la víctima, quien se encontraba durmiendo al momento del ataque y quien sufrió daño neurológico que afectó su memoria, y el que el hijo de la víctima tenía autismo, una discapacidad mental. Para presentar el caso con éxito, se basó en cambio en pruebas circunstanciales sólidas.