The plaintiff sued the defendant in Civil Labor Court for damages suffered because of sexual harassment in the workplace. The plaintiff was an employee of the defendant for 13 years, always received good performance reviews, and was promoted. One of the company’s directors continuously harassed her in the workplace for over two years even though the plaintiff rejected his propositions. Over the course of those two years, the director sent several inappropriate text messages and emails to the plaintiff, to which she never responded. On one occasion, he sent an email with more than 70 pictures of sexual content to the plaintiff. After this incident, the plaintiff filed a formal complaint with one of the company’s executives who asked the director to apologize, but did not take any additional action. The plaintiff then quit her job and sued her employer for sexual harassment in the workplace. The Trial Court ruled in favor of the plaintiff and awarded her UR$ 880.272 pesos and a 10% administrative fine against the defendant. The defendant appealed, arguing that there was insufficient evidence to find for the plaintiff and that, if anything, the plaintiff had consented to the director’s advances. The Appeals Court analyzed all the unanswered harassing emails and messages sent to the plaintiff and determined that the appeal had no basis. The court determined that the director’s conduct qualified as sexual harassment in the workplace per Law No. 18.561 and that his conduct had effectively created a hostile work environment for the plaintiff, which had forced her to quit her job. Therefore, The Appeals Court affirmed the Trial Court’s award.
La demandante demandó al acusado en el Tribunal de Trabajo Civil por los daños sufridos por el acoso sexual en el lugar de trabajo. La demandante era empleada del acusado durante 13 años, siempre recibió buenas evaluaciones de desempeño y fue promovida. Uno de los directores de la compañía la acosó continuamente en el lugar de trabajo durante más de dos años, a pesar de que la demandante rechazó sus propuestas. En el transcurso de esos dos años, el director envió varios mensajes de texto y correos electrónicos inapropiados al la demandante, a lo que ella nunca respondió. En una ocasión, envió un correo electrónico con más de 70 imágenes de contenido sexual a la demandante. Después de este incidente, la demandante presentó una queja formal ante uno de los ejecutivos de la compañía que le pidió disculpas al director, pero no tomó ninguna medida adicional. La demandante luego renunció a su trabajo y demandó a su empleador por acoso sexual en el lugar de trabajo. El Tribunal de Primera Instancia falló a favor de la demandante y le otorgó UR $ 880.272 pesos y una multa administrativa del 10% contra el acusado. El acusado apeló, argumentando que no había pruebas suficientes y que, en todo caso, la demandante había dado su consentimiento a los avances del director. El Tribunal de Apelaciones analizó todos los correos electrónicos y mensajes de acoso no respondidos enviados a la demandante y determinó que la apelación no tenía fundamento. El tribunal determinó que la conducta del director calificaba como acoso sexual en el lugar de trabajo según la Ley N ° 18.561 y que su conducta había creado efectivamente un ambiente de trabajo hostil para la demandante, lo que la había obligado a renunciar a su trabajo. Por lo tanto, el Tribunal de Apelaciones confirmó la conclusión del Tribunal de Primera Instancia.
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