Sentencia T-356/24 Adriana contra de la Secretaría de Educación del municipio de Tuluá, Corte Constitucional de Colombia (2024)

Judgment T-356/24 Adriana v. Education Secretariat of Tuluá, Constitutional Court of Colombia (2024)

File: T-10.001.723

A woman was dismissed from her job shortly after informing her employer that she was pregnant. She later obtained a legal abortion due to experiencing ongoing gender-based violence, and filed an action of protection against her former employer. She argued that her dismissal violated her rights to labor stability and employment protection. Although lower courts rejected her claim on the basis that the pregnancy had ended, the Constitutional Court held that a woman’s decision to have an abortion does not eliminate her constitutional labor protections. The Court emphasized that reinforced labor stability applies regardless of whether pregnancy continues, and that abortion; especially when legally permitted, cannot be used to deny or nullify employment rights. The Constitutional Court ordered the employer to pay all owed maternity benefits and either reinstate her or compensate her fully. This ruling reaffirmed that reproductive decisions do not strip women of their constitutional rights in the workplace.

Expediente: T-10.001.723

Una mujer fue despedida de su trabajo poco después de informar a su empleador sobre su embarazo. Posteriormente, obtuvo un aborto legal debido a que sufría violencia de género continua y presentó una acción de protección contra su antiguo empleador. Sostuvo que su despido vulneró sus derechos a la estabilidad laboral y a la protección del empleo. Aunque los tribunales inferiores rechazaron su reclamación con el argumento de que el embarazo había terminado, la Corte Constitucional sostuvo que la decisión de una mujer de abortar no elimina sus protecciones laborales constitucionales. La Corte enfatizó que la estabilidad laboral reforzada se aplica independientemente de que el embarazo continúe o no, y que el aborto, especialmente cuando está legalmente permitido, no puede utilizarse para negar o anular los derechos laborales. La Corte Constitucional ordenó al empleador pagar todas las prestaciones de maternidad adeudadas y reincorporarla a su puesto o compensarla plenamente. Esta decisión reafirmó que las decisiones reproductivas no privan a las mujeres de sus derechos constitucionales en el lugar de trabajo.

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  • 2024

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